bienes sustitutivos - significado y definición. Qué es bienes sustitutivos
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Qué (quién) es bienes sustitutivos - definición

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Resultados encontrados: 81
bienes sustitutivos         
Derecho.
     Ver: bienes sustitutivos
     Derecho.
Bienes económicos que satisfacen una misma necesidad. Cualquier elevación en el precio de uno de ellos ocasionará un aumento en la demanda del otro. Es el opuesto a bienes complementarios.
Bien sustitutivo         
En microeconomía, un bien se considera un bien sustitutivo (o bien sustituto) de otro, en tanto uno de ellos puede ser consumido o usado en lugar del otro en alguno de sus posibles usos. Ejemplos clásicos de bienes sustitutivos son la margarina y la mantequilla, o el petróleo y el gas natural.
sucedáneo         
adj.
Se dice de la substancia que por tener propiedades parecidas a las de otra, puede reemplazarla. Se utiliza más como sustantivo masculino.
sucedáneo         
sucedáneo, -a (del lat. "succedaneus", sustituto)
1 adj. y, más frec., n. m. Se aplica a una sustancia con la que se *sustituye o suple otra que falta, escasea o resulta muy cara: "Un sucedáneo del café".
2 (desp.) m. Se aplica a algo que se considera una mala imitación de otra cosa. *Imitar.
sucedáneo         
Sinónimos
adjetivo
cesión de bienes         
LICENSING AGREEMENT FOR ASSIGNMENT
Cesion de bienes
term. comp.
Derecho. Dejación que los deudores hacen de sus bienes a sus acreedores.
Cesión de bienes         
LICENSING AGREEMENT FOR ASSIGNMENT
Cesion de bienes
Cesión de bienes es el «abandono voluntario que el deudor hace de todo los suyos a su acreedor o acreedores, cuando, a consecuencia de accidentes inevitables, no se halla en estado de pagar sus deudas». Artículo 1614 del Código Civil de Chile.
cesión de bienes         
LICENSING AGREEMENT FOR ASSIGNMENT
Cesion de bienes
Derecho.
Dejación que los deudores hacen de sus bienes a sus acreedores.
Bienes de dominio público (España)         
BIENES DE TITULARIDAD PÚBLICA EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Bienes de dominio público; Bienes de dominio público en España; Bienes demaniales; Bien demanial; Demanio público; Bienes de dominio público (españa); Bienes de dominio publico (Espana); Bienes de dominio publico (España); Demanio publico; Bienes de dominio publico; Bienes de dominio publico (españa); Bienes de dominio publico en España; Bienes de dominio publico (espana); Bienes de dominio publico en Espana; Bienes de dominio público (Espana); Bienes de dominio público (espana); Bienes de dominio público en Espana; Uso común; Bien de dominio público; Bien de uso común; Bienes deminiales; Demaniales; Dominio público hidráulico
Los bienes de dominio público, en el derecho español (también denominados bienes demaniales o, en conjunto, demanio), son aquellos de titularidad pública, afectados al uso general o al servicio público, y los expresamente declarados por la Constitución (art. 132.
Bien complementario         
En mercadotecnia y microeconomía, un bien complementario es un bien que depende de otro y estos, a su vez, dependen del primero. Debido a esta relación, cuando sube el precio de uno de los bienes, disminuye la demanda del otro.

Wikipedia

Bien sustitutivo

En microeconomía, un bien se considera un bien sustitutivo (o bien sustituto) de otro, en tanto uno de ellos puede ser consumido o usado en lugar del otro en alguno de sus posibles usos. Ejemplos clásicos de bienes sustitutivos son la margarina y la mantequilla, o el petróleo y el gas natural. El hecho de que uno de los productos sea un bien sustitutivo de otros tiene consecuencias económicas inmediatas.

Los factores que determinan la demanda de un bien son el precio del mismo producto, la renta o ingreso del sujeto, el precio de los demás productos y los gustos o preferencias del consumidor. La influencia del precio de otros productos puede ser diversa, así si el incremento del precio de otro producto provoca un incremento del consumo de mi producto, se dice que estos dos bienes son sustitutivos.

En cuanto un bien puede ser sustituido por otro; la demanda de las dos clases de bienes será considerada conjunta por el hecho de que los consumidores pueden cambiar un bien por el otro si se convierte en algo ventajoso hacer eso.

Así, un incremento del precio de uno de los bienes (ceteris paribus) provocará un incremento de la demanda de sus bienes sustitutivos y una disminución del precio (ceteris paribus) provocará una disminución de la demanda de sus sustitutivos. De esta manera se puede predecir que una subida del precio de los coches incrementará el negocio del servicio de transporte público o que la caída de los precios de los teléfonos móviles significó un abandono de la demanda de teléfonos públicos.

¿Qué es bienes sustitutivos? - significado y definición